Prestación Incapacidad Temporal
Índice de Contenido
En que consiste un Prestación de Incapacidad Temporal
Primero te explicaremos qué es una incapacidad temporal, y cuáles son sus principales causas. La incapacidad laboral ocurre cuando un trabajador no puede cumplir, de manera temporal, con su función laboral, a causa de un accidente o una enfermedad.
Cuando eso sucede, el trabajador debe recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social, o de la empresa, al igual que una prestación de incapacidad temporal , que le permita cubrir esa falta de ingresos, producto de su incapacidad para laborar.
Causas de Incapacidad Temporal
Hemos descrito mas arriba que es una incapacidad temporal para ejercer su trabajo o profesión adecuadamente. Esto es debido a una enfermedad o accidente laboral, en amos casos se cataloga para poder acceder a la prestación de Incapacidad Temporal .
En cuanto a las causas de incapacidad temporal, existen tres generales:
1. Enfermedad: bien sea común, o profesional. La común, es la que no resultó como consecuencia de su función laboral, mientras que la profesional, es la que sí se relaciona directamente con el trabajo que desempeña
2. Accidente: puede ser un accidente fuera o dentro del ambiente laboral. El accidente de trabajo, es el que sucede durante el desarrollo de sus funcionales laborales, incluso en la ida o retorno del trabajo. Cuando sucede fuera de esas situaciones, no se considera accidente de trabajo
3. Periodos de observación: especialmente para enfermedades profesionales, que necesitan una baja médica.
Vale aclarar que cuando hablamos de una prestación por incapacidad temporal, se refiere a un subsidio diario.
Requisitos para acceder a la prestación de Incapacidad Temporal
Tener un accidente laboral o no, o haber sufrido una enfermedad profesional o común, no es suficiente para recibir la prestación económica. Antes se deben cumplir con los siguientes requisitos:
1º- Estar afiliado y en alta, o una situación similar al alta, en la Seguridad Social
2º- Si la causa es por enfermedad común, deberá tener un periodo mínimo de cotización de 180 días, en los cinco años recientes a la fecha del incidente
3º- Cuando se trata de trabajadores contratados a tiempo parcial, aplican otras reglas:
- Tomarán en cuenta los periodos en los cuales el trabajador estuvo en alta con un contrato parcial, independientemente de la duración de la jornada en cada uno.
- El coeficiente de parcialidad, se le aplicará de acuerdo al periodo de alta que tuvo con ese contrato a tiempo parcial, lo que da como resultado el número de días cotizados en cada periodo
- El resultado de ese número de días, se le sumará los días cotizados a tiempo completo
- Con ese resultado, se calcula el coeficiente global de parcialidad. Es el porcentaje de los días trabajados y cotizados, en los últimos cinco años
- Cuando el accidente no es de trabajo ni enfermedad profesional, no exigen cotizaciones previas
¿Cuánto cobrare por la Prestación Incapacidad Temporal?
Hay que tener claro, que cuando una persona está en situación de incapacidad temporal, no recibirá su salario normal, sino una prestación o pensión económica, cuyo valor dependerá de varios factores, como la cuantía de la base reguladora, y el tipo de emergencia, profesional o común de la incapacidad temporal.
- Si es por enfermedad común, o accidente no laboral, la cuantía, desde el cuarto y vigésimo día, será el 60% de la base reguladora. Luego del vigésimo primer día, será del 75 %
- Cuando es un accidente laboral o una enfermedad profesional, la cuantía será del 75%, inmediatamente al siguiente día de la baja médica
- Si es un trabajador que recibe prestación de desempleo total, y solicita un proceso de incapacidad temporal, el importe de la prestación será igual al de la prestación por desempleo. Vale aclarar que si es la recaída de una recaída de un proceso anterior, recibirá el mismo importe, pero si no es por recaída, será el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
- En caso de que se terminara el contrato de trabajo con derecho a desempleo, justo durante la incapacidad temporal por emergencia común, la cuantía será igual a la del subsidio de desempleo, y se consumirá el tiempo de desempleo reconocido. Pero, si ocurre en una incapacidad temporal por emergencia profesional, la cuantía será igual a la que recibía antes de la extinción laboral, y no consumirá tiempo de desempleo reconocido
- Existe también los convenios con las empresas, es decir, basándose en el convenio colectivo aplicable, se pudiese ofrecer un complemento a esa prestación, a cargo de la empresa, y así el trabajador recibe la misma cantidad que su sueldo.
Generalmente los pagos de la prestación por incapacidad temporal los hace la empresa, y en el mismo tiempo que los salarios. Otro punto importante, es que esta incapacidad temporal dura máximo 365 días, con una extensión de 180 más, si existe una cura en ese otro periodo de tiempo.
Extinción del subsidio
Como mencionamos anteriormente, la pensión por incapacidad temporal dura 365 días. De ese tiempo, puede extenderse 180 días más, si durante ese periodo de tiempo la persona podrá recuperarse y ser dado de alta. Igualmente, si pasaron menos de 180 días desde que se recibió el alta del médico, puede iniciarse otro proceso de incapacidad por el mismo motivo, es decir, si en ese periodo existe una cura. Es importante aclarar, que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, por medio de los órganos competentes, es el que califica, revisa y evalúa la incapacidad del trabajador, y por tanto es el único que puede reconocer la situación de prórroga de los 180 días.
En cuanto a la pérdida sobre este derecho, el trabajador puede dejar de recibir la prestación económica por incapacidad temporal, si descubren casos de fraude, como por ejemplo:
- Si una persona está trabajando, aunque ya haya sido dada de baja médica.
- La persona rechaza el tratamiento médico que se necesita para su recuperación.
- No asistir a las consultas médicas legales y oficiales.
Incapacidad temporal y el contrato de trabajo
Cuando un trabajador está en situación de incapacidad temporal, existe una ruptura, suspensión de la relación laboral, porque la persona no está ejecutando sus funciones laborales, y el empresario no está dándole un salario como tal, sino una prestación económica, que es de naturaleza no salarial.
Dicha situación afecta la cuantía de las gratificaciones extraordinarias, que estén dentro del periodo de la incapacidad temporal, porque se reducen a la duración de dicha incapacidad.
Más Información:
- Seguridad Social
- Teléfono Cita Previa: 901 10 65 70